MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL
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Orden SAS/3710/2009, de 22 de diciembre, por la que se clasifica la Fundación Marquesa de Balboa Ancianos Solitarios Venidos a Menos y se procede a su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad y Política Social.
Examinada la escritura de constitución de la Fundación Marquesa de Balboa Ancianos Solitarios Venidos a Menos (A.S.V.A.M.), instituida en Madrid.
La dotación inicial de la Fundación es de seiscientos un mil doce euros con diez céntimos de euro (601.012, 10 €) aportados por la fundadora y depositados en una entidad bancaria a nombre de la Fundación.
Quinto.–El domicilio de la entidad radica en la calle Jorge Juan, número 19, 5º izquierda, de Madrid, y su ámbito territorial de actuación, según consta en el artículo 5 de sus Estatutos, será todo el territorio del Estado Español.
Sexto.–El objeto de la Fundación queda determinado en el artículo 6 de los Estatutos, en la forma siguiente:
Los fines de la Fundación consisten en: «Atender y cuidar a pobres vergonzantes y ancianos solitarios venidos a menos, que vivan solos o en condiciones precarias, con su familia o con personas a quienes también estorban, o en residencias que tienen deficientes condiciones de higiene y en donde además les traten mal, atendiendo primero a las mujeres, y preferentemente a las que tuvieron una buena posición, con preferencia a las personas de la condición social que tuvo la extinta Excma. Sra. Marquesa de Balboa, que necesitan ayuda y no se atreven a solicitarla o no lo consiguen».
Madrid, 22 de diciembre de 2009.–La Ministra de Sanidad y Política Social, P.D. (Orden SAS/1969/2009, de 15 de julio), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad y Política Social, Luis Pedro Villameriel Presencio.
[Del Boletín Oficial del Estado de 25 de Enero de 2010, Nº 21, Secc III. Pg. 7219]
***
La crueldad de la compasión
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Orden SAS/3710/2009, de 22 de diciembre, por la que se clasifica la Fundación Marquesa de Balboa Ancianos Solitarios Venidos a Menos y se procede a su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad y Política Social.
Examinada la escritura de constitución de la Fundación Marquesa de Balboa Ancianos Solitarios Venidos a Menos (A.S.V.A.M.), instituida en Madrid.
La dotación inicial de la Fundación es de seiscientos un mil doce euros con diez céntimos de euro (601.012, 10 €) aportados por la fundadora y depositados en una entidad bancaria a nombre de la Fundación.
Quinto.–El domicilio de la entidad radica en la calle Jorge Juan, número 19, 5º izquierda, de Madrid, y su ámbito territorial de actuación, según consta en el artículo 5 de sus Estatutos, será todo el territorio del Estado Español.
Sexto.–El objeto de la Fundación queda determinado en el artículo 6 de los Estatutos, en la forma siguiente:
Los fines de la Fundación consisten en: «Atender y cuidar a pobres vergonzantes y ancianos solitarios venidos a menos, que vivan solos o en condiciones precarias, con su familia o con personas a quienes también estorban, o en residencias que tienen deficientes condiciones de higiene y en donde además les traten mal, atendiendo primero a las mujeres, y preferentemente a las que tuvieron una buena posición, con preferencia a las personas de la condición social que tuvo la extinta Excma. Sra. Marquesa de Balboa, que necesitan ayuda y no se atreven a solicitarla o no lo consiguen».
Madrid, 22 de diciembre de 2009.–La Ministra de Sanidad y Política Social, P.D. (Orden SAS/1969/2009, de 15 de julio), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad y Política Social, Luis Pedro Villameriel Presencio.
[Del Boletín Oficial del Estado de 25 de Enero de 2010, Nº 21, Secc III. Pg. 7219]
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La crueldad de la compasión