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lunes, 6 de febrero de 2023

Charlapuñaos a troche y moche

 


Francisco Javier Gómez Izquierdo


        Cuando la "gente ignorante" encuentra entretenimientos peligra el dinero, la hacienda, la salud ... ¡bueno!, todo lo que suponga tranquilidad en el vecino! ¿Cómo hemos de considerar a un dominguero urbanita que en julio antes de cosechar y en día de viento prepara una barbacoa junto a un trigal reventón? Efectivamente, no es un dominguero gilipollas. Es una criatura insensata enemiga venenosa de la naturaleza y la humanidad. Tras el desastre mantendrá que le gusta el campo y que no pretendía hacer mal a nadie y menos al muerto del tractor o al bombero quemado. A todos nos hubiera gustado que el ignorante hubiera aprendido un poco de la experiencia y los básicos conocimientos de otros antes de aplicarse en sus insensateces, pero el ignorante es irreductible y de la certeza tal principio estamos convencidos los funcionarios de prisiones que siempre hemos preferido tratar a un malo, (un primer grado) que a un cerril de Enfermería.


     Lejos de mí la intención de dar clases de Derecho a quien se ha sacado la carrera de abogado, al que ha llegado a juez, o a esos ministros de la España que hablan y hablan sin parar de hablar y sin desenredar lo que siguen hablando. Cree servidor que el ciudadano tiene claro que un juez no puede condenar con penas superiores a las que están escritas en los artículos del Código Penal. También creo que el ciudadano distingue la irretroactividad de las leyes de su carácter retroactivo cuando son favorables al reo. Servidor cree que asuntos tan simples tendrían que conocerlos un ministro. Si no entran los conceptos por incapacidad intelectual, no estaría de más aparcar la soberbia y aprender y dejarse guíar por ejemplo "de cuando el Código del 95, el de Belloch, aquél que suprimió la redención y se planteó a los presos si preferían el Código viejo o el nuevo".  Aquel Código rebajó las penas en general, pero lo hizo sin el escándalo de este despropósito actual que no tiene ni pies ni cabeza, porque era más o menos equilibrado a pesar de que el asunto de la redención enredó lo suyo las liquidaciones de condena, un trabajo extra y peliagudo que soltó "el legislador" a los trabajadores penitenciarios. Los condenados preguntaban a funcionarios, educadores, juristas de las cárceles... si su redención de dos, tres ó cuatro años se perdía con la novedad; si como estaba preventivo desde marzo del 95 y el juicio lo tenía en junio del 96 qué ley ´correspondía aplicar; si uno podía acogerse al Código Nuevo con menor pena y pedir que le aplicaran la redención conseguida hasta el día de María Auxiliadora, patrona de los Salesianos, día de la entrada en vigor del Nuevo...


     Una de los apuntes más simples tenía que ver con el máximo de la pena a imponer. En el nuevo no superaba los 20 años de prisión contra los 30 del anterior del 73. Simpleza semejante es parecida a la comparación de la pena a los reos de violación en el Código anterior a éste de la Excelsa Ministra doña Irene Montero que dice "...Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de otros miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con penas de prisión entre 4 a 10 años". El Código que se ha reformado castigaba entre 6 y 12 años a dichos reos. No es difícil entender que alguien condenado a 11 o 12 años  amparándose en el derecho constitucional de la retroactividad de la legislación favorable al reo solicite la reducción de la pena y el juez que lo condenó se vea obligado, porque así está escrito en la ley, a acceder a la pretensión. Si el de 12, con sus agravantes baja a 10, quizás al de 7 con sus atenuantes (un deficiente mental por ejemplo) se le quede la factura en cuatro y medio.


     Puede que lo anterior tenga las letras "mu gordas", pero creo que aclara mucho más que este barullo de insensatos que no para de hacer ruido.

domingo, 15 de diciembre de 2019

38 años

Una casa de Aranda


Francisco Javier Gómez Izquierdo

        He estado más de diez trienios en las cárceles tratando con todo tipo de delincuentes y he conocido distintas condenas para el mismo delito o muy parecido, dependiendo la mayoría de las veces del abogado defensor, la acusación particular y, en mucha mayor medida, del tribunal sentenciador. Cinco o seis años antes de jubilarme se hizo evidente la inclinación judicial a castigar con el máximo rigor los delitos catalogados como “de género”, llegando a su máxima gravedad si la acusación particular -no necesariamente la fiscal- la ejercía una asociación de las que los españoles llaman “de mujeres”.
     
 Por indignación propia me atrevo -¿de verdad tenemos libertad de expresión y no tememos represalias de la moral imperante?-, y creo de justicia señalar la desproporcionada condena que un tribunal de mi pueblo que es Burgos ha impuesto a tres veinteañeros chulánganos que han agredido sexualmente a una niña. Asustado por lo que les viene a nuestros hijos y nietos escucho explicaciones y justificaciones técnicas y jurídicas de los que al parecer saben de leyes, pero no creo necesario llevar más de treinta años “de talego” para entender que las abstracciones legalistas que manejan los expertos pueden ser muy espectaculares argumentadas en una película en la que un abogado o la fiscalía american quiere castigar la saña y alevosía de varios delincuentes,  pero lo que ha cabido en el caso de los futbolistillas de la Gimnástica Arandina no ha cabido nunca y puede que jamás -bueno, mejor no vaticinamos- en la historia de tribunales. En la sentencia, por lo que entresacan los intérpretes que he escuchado , todo se reduce a creer completamente las palabras de la víctima y despreciar la de los agresores.
       
En Aranda de Duero, donde todo el mundo se conoce, las impresiones incluso del género femenino sobre el caso nada tienen que ver con la sentencia y aunque no venga a cuento yo mismo conocí la entrada en prisión de un joven casado acusado de abusar de una vecina de quince años. El hombre fue detenido un sábado, lo llevaron a disposición judicial y el juez decretó prisión. En la toma de declaración de las partes a la semana siguiente se descubrió que la niña estaba obsesionada con su vecino, al que comprometía con un acoso enfermizo. El presunto violador sólo estuvo una semana en prisión, tiempo necesario para absolverlo y suficiente para ser considerado en su barrio un “guarrón” y un “sátiro”, como me dice llorando cada vez que me lo encuentro. Seguro que este caso no tiene ningún parecido con el de Aranda, pero creo que los acusados también tienen derecho, como tuvo el desgraciado de Córdoba, a que se valoren las pruebas que presentan.
       
Lo preocupante y más que alarmante, para mí, de la sentencia de mi pueblo es la falta de reacción de la sociedad en general -¿hay intelectuales en España o todos se han metido a cantantes y cineros?- ante el poder de amedrentamiento que ha alcanzado el periodismo en general y la televisión en particular. Nada hay más reprobable que los delitos contra la mujer, considerando ¡la ley, ojo! delito lo que contra un hombre sería falta. El otro día, al asesino, con violentos antecedentes, pues había dejado parapléjico a un agente de la autoridad, de un señor que llevaba unos tirantes con la bandera de España, lo condenaron a cinco años. Dicen que el abogado se lo curró hasta el punto de abrumar -yo pondría otro verbo, pero viendo cómo está el ambiente mejor lo dejamos- al jurado, pero el caso es que no hay escándalo visible por castigar más al ladrón que al asesino. Los filósofos del Derecho te dicen que no debemos comparar delitos, que cada caso y cada tribunal es un mundo y puede que tengan razón, pero es incomprensible para el común de los mortales que los “pardillos” de Aranda como dice su propia abogada carguen con treinta y ocho años y el asesino de Zaragoza con cinco. Ocho veces más grave violar -y como el tribunal no tomó en cuenta ni una sola de las pruebas exculpatorias de los acusados ribereños- que asesinar. ¿Para esto sirve la ciencia del Derecho?

   ¡Ah! Y luego llega el cumplimiento de la pena. Con las nuevas tendencias, los condenados por delitos contra la mujer deben olvidarse de los beneficios penitenciarios mucho más propensos de ser aplicados en favor de asesinos como el de Zaragoza...  o de cualquier otro sitio. Un detalle me llama la atención sobre la condena de los futbolistas, y es la coletilla de los periodistas que como para justificar, incluso para la pretensión de gran parte del gremio, la evidente desmesura de la pena impuesta -gracias a ellos, me atrevo a decir, entusiasmados con el fanatismo feminista- añaden que sólo cumplirán 20 años. Unos pocos más que De Juana Chaos, por ejemplo, corderito inocente al lado de estos galafates.

lunes, 24 de octubre de 2011

¿Gadafi sodomizado?

-EEUU y la Onu han pedido una investigación sobre las circunstancias de la muerte de Gadafi

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PD.- ¿Y los amigos?

jueves, 14 de abril de 2011

Intérpretes de la Ley


Francisco Javier Gómez Izquierdo

En las primeras apariciones por las calles de lo que se suponía había de ser la Democracia, unos cuantos ilusos tuvimos claro que el Imperio de la Ley había de presidir las actuaciones de todos los ciudadanos. El concepto de Justicia no debía ir soldado rígidamente al Derecho, pero creíamos conveniente que cuanto más agarraditos de la mano fueran, más Democracia tendríamos.

Hoy, y a la vista de la proliferación de gallineros cocoricoqueros, he llegado a la conclusión de que el español está incapacitado genéticamente para comprender el verdadero significado del concepto “Estado de Derecho” y por lo tanto sideralmente alejado de lo que se ha de entender por democracia. ¿Tiene el español la culpa?

-En parte, sí, pero no toda.

El ciudadano tiene la obligación de creer que un juez que juzga, da conferencias, sale en la tele, detiene malhechores, etc... sabe más Derecho que el vecino del 6º. Es más, el ciudadano tiene la obligación de creer en un Estado de Derecho en el que un juez no ha de ser bueno ni malo y al que la Democracia utiliza para que aplique la ley. Aplicar. He ahí la palabra clave.
Los jueces españoles que se tienen por los más sabios, a veces, y de modo escandaloso, en vez de a la aplicación de la ley, se dedican a interpretarla. Muy malo es esto, pero considero peligrosísimo que los ciudadanos, incluso los conocedores de la ley, incumplan lo que la ley demanda, por miedo al intérprete Juez.

El Derecho Penitenciario tiene una Ley Orgánica muy fácil de asimilar. Son 80 artículos comprensibles hasta para boches sin instruir y en su artículo 51.2 dice claramente: “Las comunicaciones de los internos con el Abogado defensor o con el Abogado expresamente llamado en relación con asuntos penales y con los Procuradores que los representen, se celebrarán en departamentos apropiados y no podrán ser suspendidas o intervenidas salvo por orden de la autoridad judicial en los supuestos de terrorismo.”

No hay más tío pásame el río. Eso lo debe saber el Director de una prisión. Si no lo sabe, porque me cuenta mi carcelero amigo que hay mucha psicóloga de Directora, la más de media docena de Juristas que trabajan en cada cárcel se lo han de advertir cuando un juez intérprete de la ley acude con el disparatado auto de la intervención de Comunicaciones... Item más: la intervención se ha de comunicar al interno. Sí, sí... No se escandalicen. Troitiño -otro amparado por la interpretación judicial-, De Juana, Urrusolo, Henry Parot... recibieron en su día en mano el auto que les advertía de la intervención.

¿Porqué el director y los juristas del Centro Penitenciario donde se perpetró la intervención de las comunicaciones accedieron a la petición del Juez? ¿Se negaron a cumplir la orden o fueron forzados a acatarla?

El cacaracá de las tertulias de mayoría progresista aún no ha reparado en tan importante detalle. ¿Habrán delinquido también los responsables jurídicos del Centro de Soto del Real? ¿O no fue en Soto?

¿Qué debe inspirar el Juez: miedo o respeto?

Si respeto, estaremos en Democracia.

Si miedo... ¿dónde estamos?

-Pues mire usted, en un país progresista, que como dice el editor de Salmonetes..., es hogaño obligatorio.

Mi amigo el carcelero dice que hubiera preferido el martirio a incumplir la ley... y es que mi amigo aún cree en la Democracia.