Abc
Rajoy aplica el 155, se dice. Un requerimiento previo al requerimiento que lo inicia. Una demanda de información. Se pasa del juego de recursos a una relación epistolar. Pero es el 155, se afirma. Aunque este artículo no va solo. Sánchez habla de un acuerdo para la reforma constitucional. ¿Y de dónde sale esa iniciativa? ¿Quién la toma? ¿Quién la origina? ¿Qué activa el momento constituyente? Sólo puede ser la declaración de Puigdemont. Este semi 155 con inicio de reforma constitucional es la respuesta de los partidos al golpe de Estado de los separatistas. Y al responder eso, al mover ficha constituyente, lo que están haciendo es seguir la propia hoja de ruta del “procés”.
Repito: Libro Blanco sobre la Transición Nacional en Cataluña. Tras el “sí” en el “referéndum” (aquí ya todo debería escribirse en cursiva o con comillas, para intentar apresar fugaces instantes de sentido), tras ese sí, la hoja de ruta nacionalista preveía varios escenarios y el primero de todos (¡el primero de todos!), antes incluso de la DUI, era el planteamiento legal al Estado de una revisión constitucional. Podía hacerse por los cauces de la iniciativa de la reforma constitucional que reconoce el artículo 168 de la Constitución, o bien mediante una negociación directa.
El escenario del que hablamos, una reforma constitucional como respuesta al sí en el referéndum, es parte de la estrategia del “procés”. PP y PSOE entran en su hoja de ruta. Este planteamiento de reforma constitucional, que surge de un oscurantismo inaceptable, sólo puede ser una respuesta al órdago de Puigdemont. El 155 se acaricia, pero no solo, con él llega la reforma constitucional. ¿Y con qué plazos? ¿Cuánto pueden durar estos dos procesos? Al “procés” no se le responde con dureza, sino que PP y PSOE se insertan en el mismo.
De la actuación gubernamental de hoy ya sabemos cosas. La actuación del gobierno nos dice algo. En primer lugar, es un 155 con preámbulo aclaratorio. El requerimiento es de información. Ojo a la dilación en la ejecución de un procedimiento no sometido a plazos terminantes. En segundo lugar, el gobierno rechaza tomar medidas urgentes de intervención de las que permite la Constitución. Y tercero: es en los juzgados donde vamos a ver la voluntad del Gobierno. ¿Hay querellas? ¿Se inician procesos? ¿Se activa la fiscalía? Lo que tiene ante sí el TSJC lo ha interpuesto VOX.
El 155 no es el 155. Es el 155 con cláusula previa de información (tiempo y más espacio al engaño) y con un ruego de “vuelvan a la legalidad”. Y además lleva aparejado el anuncio de la reforma constitucional, es decir, negociaciones. Esto, repito, forma parte del primer escenario deseable en la hoja de ruta del separatismo. Estaríamos (ojalá me equivoque) ante un engaño masivo e histórico.