Francisco Javier Gómez Izquierdo
Hará unos quince años -no puedo precisar la fecha con exactitud- entró un interno a cumplir pena de cuatro años y seis meses, condena que quedó así por refundición a la triple de la mayor. El interno andaba en la treintena, estaba felizmente casado, tenía dos hijas, trabajo estable, coche e hipoteca cuyo pago iba asumiendo con responsabilidad y excelente disposición desde hacía varios años de hacer vida honrada. El joven Rafael fue un prenda de los quince a los veinte y al acabar los seis o siete juicios le quedó pagar por su vida delictiva, eso: cuatro años y seis meses. Clasificado en 2º Grado, lo normal, a su entrada, los vecinos y mucha gente de Córdoba que conocían su magnífica superación a las drogas se movieron para conseguir que pudiera salir a seguir en su trabajo y atender a su prole. Hasta tal punto fue la movilización que TODOS LOS AFECTADOS por su vida maleante aportaron a los juzgados correspondientes su sincero perdón. ´"El perdón del ofendido", concepto éste que no se quiere en el nuevo Derecho, por oler a Ley Divina. Por lo que sea, no entro en consideraciones, cuando a los seis meses se le volvió a clasificar, la Junta de Tratamiento votó que no al tercer grado, con la incomprensión de muchos compañeros que tratábamos a Rafael y no escondo que de mi indignación particular.
La política llevaba tiempo sobando el recurso del 100.2 para que los directores de las prisiones convencieran a sus equipos de tratamiento de lo conveniente en "determinados casos": "...la conveniencia de aplicar un programa concreto de tratamiento adecuado a las características específicas del interno encaminado a la consecución del fin de la reinserción..." He aquí el argumento "científico" para aplicar el 100.2 por el que el interno clasificado en 2º Grado sale a trabajar durante el día y regresa al régimen cerrado de noche. "Ejecutividad inmediata" remata el apartado 2 del artículo, no sin antes precisar que "tal MEDIDA EXCEPCIONAL necesitará de la ulterior aprobación del Juez de Vigilancia". Ustedes esperan saber qué pasó a Rafael cuando se le buscó esta solución. Pues la Junta de Tratamiento siguió que nones y al año sí que le concedieron el 100.2, que no el Tercer Grado. Servidor cree que el Derecho amparaba y tendría que haber sido generoso con las circunstancias de Rafael, pero...
Una de las causas de la negación de terceros grados es la alarma social del delito y es cosa que bien parece a todo el mundo. Un violador, un matamujeres y hasta un o una matahombres por vicio o maldad, crean alarma social. Tipos así, y tipas, no merecen terceros grados, ni permisos, ni condicional a no ser que tengan una conversión a los principios de urbanidad y respeto a lo Pablo de Tarso. A Miquel Garikoitz Aspiazu, condenado a más de cuatrocientos años, preventivo aún por otras causas -"no te miran el permiso porque te queda algo por ahí", ha dicho servidor durante más de treinta años a miles de internos en los patios carcelarios- le han concedido el 100.2 con el visto bueno y necesario de la Consejera de Justicia del País Vasco, de la parcialidad del PSOE que lleva a la Sagrada Familia en su nombre: María Jesús San José. Creo que Garikoitz Aspiazu lleva 17 meses en Martutene y al parecer en este tiempo ya se han reunido datos suficientes para justificar su puesta en semilibertad. Me gustaría saber si ha limpiado tigres, ha fregado suelos comunes, ha repartido en el officce... y etc. aspectos que el funcionario valora, aunque sabe que luego los equipos deciden conforme ordenen los políticos. Hemos conocido con estupor una clasificación en Tercer Grado en CUATRO DÍAS y mi humilde parecer es que con insolente descaro se está utilizando el 100.2 como pensaba el que lo ideó y no para lo que parece que se redactó. ¿O no les parece más apropiado recurso legal para el infortunado Rafael que para el tal Txeroki con el que sus víctimas no tendrán nunca descanso?
Permitan que haga una pregunta: ¿Qué miembro del Equipo de Tratamiento (Director, Subdirector, Jefe de Servicio, Médico, Psicólogo, Jurista, Educador, Trabajador social) se atreve a decir que no a la petición de los miembros de ETA, sabiendo que alguno es capaz de "chivárselo" a los internos, o mejor, tener un desliz delator de su negativa? ¿Y a este Txeroki, quien le ha dado trabajo u ocupación? ¡¡Ay, la alarma social en los delitos!!

