sábado, 18 de julio de 2009

EL CRIMEN DEL DÍA...

...26 de Diciembre de 1876






MINISTERIO DE MARINA
Circular

Un crimen inaudito de sedición, asesinato y homicidio, como lo han calificado los Tribunales, que por la odiosa alevosía y demás horribles circunstancias que concurrieron en él, así como por su triste desenlace, acaso no tenga precedente en los anales marítimos, se perpetró hace ya algunos meses a bordo del bergantín mercante nacional Liberto.

Navegaba este buque desde Torrevieja con cargamento de sal para uno de nuestros puertos del Cantábrico, al mando de su capitán D. José Agramunt y Figueroa, cuando en la noche del 26 de diciembre de 1876, hallándose entre el cabo de Gata y Roquetas, el marinero de su tripulación Domingo Luzárraga Araquistáin concibió el criminal propósito de sublevarse y dar muerte al Capitán bajo el frívolo pretexto de que les escatimaba la galleta; y comunicando desde luego este criminal intento a sus compañeros los cuatro marineros que completaban el resto de la tripulación, Teodoro Pidal Olivera, Manuel Otero Vigo, Diego Rodríguez Sambado y Florencio Mieites, ninguno de ellos le contradijo, ni vaciló, ni menos se opuso a tan horrendo atentado.

El mismo Luzárraga se encargó de la ejecución; y aprovechando la circunstancia de hallarse durmiendo en su cámara el Capitán, baja a él, se apodera de un revólver que había sobre la mesa; y subiendo a la cubierta con esta arma, llama a sus cómplices, vuelve a bajar con Pidal, Otero y Mieites, de los que el último se sitúa fuera de la puerta de la cámara con un hacha en la mano, y Luzárraga entra y dispara alevosamente dos tiros contra el Capitán Agramunt, que le hieren gravemente en la cabeza. Lejos éste de intimidarse con tan bárbaro como inesperado ataque, se incoropora inmediatamente; va a echar mano de su revólver, y al ver que no estaba donde lo había dejado al acostarse, sale de su litera sin arma alguna en persecución de sus infames agresores; Florencio Mieites al pasar por la puerta de la cámara en donde le aguardaba en acecho, le da un golpe con el hacha en la espalda, el que sin causarle herida lo derriba al suelo, librándole esta circunstancia de otro disparo que desde la escotilla de subida le dirigían en aquel momento y que va a lesionar gravemente al mismo Mieites.

Nada intimida al bizarro Capitán Agramunt, llega acubierta ensangrentado, acomete a los sublevados con un remo que coge al paso; en la refriega vuelve a ser herido en el labio de otro disparo de rewolver; y acorralados y obligados a refugiarse en el rancho de proa Pidal, Otero y Mieites, consigue a fuerza de valor y arrojo reducir a la obediencia a Luzárraga así como a Rodríguez, que se había escondido en la cofa; clava la puerta del rancho con ayuda del primero, y dirige el buque al inmediato puerto de Almería con auxilio de ambos, al que llega en esta horrible situación el día 27, y se comienza a instruirla causa inmediatamente.

Abierto el rancho de proa se encontró cadáver a Florencio Mieites de resultas de la herida recibida a la puerta de la cámara cuando tiró el hachazo al Capitán; algunos días después, el 5 de enero de 1877 falleció también éste a consecuencia de las heridas de la cabeza, por necesidad mortales; y durante la sustanciación de la causa en plenario, falleció de muerte natural Diego Rodríguez Sambado.

Los tres restantes procesados son al fin declarados autores convictos y virtualmente confesos del delito de sedición con asesinato y homicidio, a tenor de lo definido en el art. 13 del Código, con la concurrencia de las circunstancias agravantes 8ª, 9ª y 20ª del art. 10, o sea empleando medios que debilitaban la defensa y con ofensa del respeto debido a su jefe; y en su consecuencia, después de desaprobar la sentencia dictada por el Consejo de guerra que tuvo lugar en San Fernando el 28 de enero último por la que se condenaba a Luzárraga, Pidal y Otero a la pena de cadena perpetua a los dos primeros y 14 años y un día de cadena temporal al último, el Consejo Supremo de Guerra y Marina en 9 de Setiembre último condena a los tres expresados marineros que fueron del bergantín Liberto a la pena de muerte por la sublevación que verificaron a bordo, asesinato del Capitán y demás hechos de autos, de conformidad con lo que preceptúa el art. 18, título 14 de las Ordenanzas de matrículas; y por vía de indemnización por iguales partes al abono de 5.000 pesetas a la madre del valiente Capitán D. José Agramunt y Figueroa, y al de los perjuicios ocasionados a los dueños del buque, sobreseyéndose respecto al marinero Diego Rodríguez Sambado por haber fallecido.

La sentencia acaba de ejecutarse en Almería, en cuyas aguas se perpetró el delito. Los reos lo han expiado en el patíbulo arrepentidos y contritos. ¡A ese horroroso abismo conduce un momento de extravío! La catástrofe que empezó la noche del 26 de Diciembre de 1876 ha terminado el 25 de octubre de 1878, envolviendo a toda la tripulación del Liberto, que ha desaparecido.

La vindicta pública, la subordinación y disciplina, que lo mismo en los buques de guerra que en los mercantes no pueden quebrantarse impunemente, han quedado satisfechas. ¡Que el triste ejemplo de los reos del Liberto sirva para que nuestra honrada marina mercante no vuelva a registrar en sus anales un hecho tan horrendo! ¡Y que el bravo cuanto infortunado Capitán Agramunt sirva siempre de modelo para sostener el principio de autoridad y disciplina aún a costa de la vida!

De Real orden lo digo a V.E.; siendo la voluntad de S.M. que se circule a las provincias marítimas para que se publique en los Boletines oficiales y se fije en todas las Capitanías de los puertos; y por último que se lea en todos los buques de guerra el primer día festivo después de la misa y de la lectura de las leyes penales. Dios guarde a V.E. muchos años. Madrid 25 de octubre de 1878.
PAVÍA.
(En la imagen, el Capitán Achab, tomado de comic-historietas.blogspot.com)