domingo, 28 de marzo de 2010

SIN MEANDROS


F. J. Gómez Izquierdo

Como me incomoda el continuo blablablá confundidor dirigido al pueblo incauto, por quien debiera educar al que no sabe, permítanme explicar sin meandros cómo debió proceder ese Rambo de la Justicia, contra el que nada tengo, en lo tocante a las escuchas telefónicas:

1º.- Solicitar al Juez de Vigilancia de las prisiones de Madrid intervenir las comunicaciones entre interno y abogados (Es curiosa la ninguna referencia entre charlistas y periodistas varios a este importante detalle).

2º.- El Juez de Vigilancia hubiera contestado que tal medida es ilegal, pues así lo dice expresamente la L.O.G.P, y que entre jueces sería deseable mayor conocimiento de las leyes, por lo que quedaba desautorizada tal pretensión.

Aquí hubiera acabado todo. El idolatrado juez Garzón hubiera actuado conforme a Derecho y no estaría con el culete al aire entre esa gente seria que cree en el imperio de la Ley.

Sorprendido ante las hipócritas discusiones y manifiestos projuez, estoy esperando que uno de esos incondicionales presente ante el vulgo un artículo donde se recoja la legalidad de la actuación del magistrado de sideral fama y que le pregunten quién fue la persona que físicamente realizó la intervención y cómo. ¿Un policía? ¿Un funcionario de prisiones? Si los funcionarios de prisiones tienen claro que está prohibido intervenir esas conversaciones... ¿empujó a la policía a delinquir? ¿Por qué no explica el señor juez a quienes nos interesan estos atropellas legales cómo se las ingenió para poner la grabadora en el locutorio?