martes, 1 de septiembre de 2009

DESENTERRAR A LA SUEGRA NO ES DELITO


Archivada la denuncia contra un madrileño y un cántabro que tiraron al vertedero de Barbadillo del Mercado un ataúd con restos de una mujer fallecida para hacer sitio al yerno


P. C. P. / Burgos

diariodeburgos.es


La noticia dio lugar a todo tipo de rumores y comentarios, algunos de dudoso gusto y pésimo humor, cuando saltó a los medios de comunicación en noviembre de 2007. La Guardia Civil denunció a un madrileño y [a un] cántabro después de que un vecino encontrase -un martes y 13- en el vertedero de Barbadillo del Mercado un ataúd con restos de un cadáver en evidente estado de descomposición. Posteriormente, se averiguó que correspondía al de una mujer muerta en 1985 y que podían haberlo exhumado de su tumba en el cementerio local, para hacer sitio al yerno de la finada, fallecido 10 días antes. Los restos óseos de la suegra acabaron en la basura y ellos imputados como presuntos autores de un delito de profanación de cadáveres, que el artículo 526 del Código Penal castiga con penas de entre 3 y 5 meses de prisión o multa de 6 a 10 meses. Sin embargo, el Juzgado de Instrucción de Salas de los Infantes decretó el sobreseimiento provisional de las actuaciones «al no aparecer debidamente justificada la perpetración del delito», según dice el auto. La Fiscalía recurrió contra esa decisión ante la Audiencia Provincial de Burgos, por entender que sí estaban acreditados los indicios de criminalidad. Sin embargo, la Sección Primera ha confirmado el archivo de la causa porque no ha quedado acreditado el dolo de los denunciados, esto es, que «hayan actuado con el conocimiento... de la profanación del cadáver o sus cenizas y, además, conocimiento de que con el acto concreto de profanación realizado, se ha faltado al respecto [sic] debido a la memoria de los muertos», prosigue el magistrado ponente, Luis Antonio Carballeda. Los tribunales otorgan por tanto credibilidad a la explicación que dieron los sujetos ahora exculpados. Según ellos, «por lazos de familiaridad extrajeron de la tumba de autos la caja de cinc en la que años atrás había sido enterrada» la mujer, «depositándola en el vertedero municipal con el fin de propiciar el enterramiento de su hijo político», muerto recientemente. «Los restos humanos encontrados en la fosa fueron depositados en una bolsa azul» y colocados de nuevo en la tumba, sin saber que dentro de la caja de plomo que cargaron en el coche y arrojaron a la basura había más. La familia ha renunciado a ejercer acciones penales contra ellos, que podrían sin embargo enfrentarse a una infracción administrativa, al amparo del Decreto 16/2005, en el que se regula la policía sanitaria mortuoria de Castilla y León.