Carl Schmitt, a cuadros
Hughes
Abc
Durante meses, años, nos dijeron que tranquilos, que los tiempos se estaban midiendo, que había una estrategia de recursos, un delito de rebelión y un 155. La respuesta al Procés se demoró y judicializó y ahora llega la sentencia y resulta que el problema es… el código penal.
Durante meses, años, nos dijeron que tranquilos, que los tiempos se estaban midiendo, que había una estrategia de recursos, un delito de rebelión y un 155. La respuesta al Procés se demoró y judicializó y ahora llega la sentencia y resulta que el problema es… el código penal.
El Supremo, cuyas sentencias la semana pasada no se podían ni cuestionar según los centinelas spenglerianos del centro (o centrinelas), no considera que hubiera rebelión. No por falta de violencia, como se pensaba, sino por falta de instrumentalidad. No aspiraban a lograr de manera directa una independencia imposible, sino a negociar. Se trataba de un farol visible en la «contradicción» de proclamar «su propio espacio de soberanía y (…) reclamar la negociación con un ente soberano del que afirma haberse desgajado».
Pero esa negociación estaba prevista en el Libro Blanco, hoja de ruta del procés. La posibilidad, tras proclamarse la DUI, de romper o negociar. La contradicción fue siempre parte del Procés y la independencia tampoco quería decir necesariamente independencia. La DUI la podían querer para plantear un problema necesitado de solución. Es decir, el Supremo plantea una disyuntiva entre DUI y negociación que el propio Procés admitía.
La fiscalía describió una relación de instrumentalidad: para proclamar la independencia era necesario un referéndum previo, por irregular que fuese. Por eso había que votar. Impedirlo fue el gran arranque del rajoyismo que los marianistas no reivindican. Sin eso no había DUI, y dificultarlo reveló la acción de los mossos al servicio de la nueva legalidad. Por eso el 1-O tuvo tanta importancia. Era el hecho fáctico, físico, punto de realidad que impulsaba la fase seria, definitiva del proceso. También en el ámbito internacional. Ahí empieza a dañarse seriamente la imagen de España (¿Se estima este daño en la sentencia?).
Pero el Supremo considera que no buscaban decidir sino presionar, engañando a sus ciudadanos. Curioso parecer. Cada vez resulta más difícil creer que los ciudadanos nacionalistas actuaran engañados. Se supone que fueron enviados a recibir palos el 1-O. El «pueblo» se vengó días después, cuando exigió que los políticos proclamaran (con cara de susto) la República. Las masas mandando a los líderes. Las consecuencias: huida o prisión. Declarada la DUI, el pueblo no salió más. Los lazos amarillos podían interpretarse como mala conciencia: Junqueras y los demás hicieron su parte, el pueblo se quedó en casa. Después de la DUI habría siempre una negociación, y eran conscientes de ello. Por supuesto que lo sabían. Sus líderes fueron obligados a llegar a un cierto punto: la independencia declarada. La independencia no la querían para vivir de forma independiente, por supuesto que no. No todavía. No se trata de romper España, sino de seguir rompiéndola. La DUI era un objetivo en sí mismo, consciente y deseado, dentro de un proceso mayor que el Procés. Si el Supremo considera que en lo que pasó (la proclamación unilateral de una República, entre otras cosas) no hubo delito contra el orden constitucional, ¿hemos de entender que es un orden que admite todo eso?
Si esto fuera así, para tercer grado, el de España (sobre todo en Cataluña), y no el inmediato de Lledoners.